Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/150/19/ Publicado por: Dirección de Comunicación Social / Ciudad de México 25 de Agosto de 2019
  • El proyecto de resolución estuvo a cargo de la Ponencia del Comisionado Presidente del INFO Julio César Bonilla Gutiérrez, el cual contempla que una persona solicitante tenga certeza en su derecho a la salud.
  • Las y los Comisionados Ciudadanos aprobaron por unanimidad de votos la modificación de respuesta a una solicitud de información.


El Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO) ordenó al Régimen de Protección Social en Salud de la Ciudad de México modificar la respuesta que dio a una persona solicitante a efecto de ampliar e informar si el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos atiende a personas mayores de 18 años por enfermedades por hematopatías malignas.



En Sesión Ordinaria, las y los Comisionados Ciudadanos aprobaron, por unanimidad de votos, un proyecto de resolución a cargo de la Ponencia del Comisionado Presidente INFO Julio César Bonilla Gutiérrez en el que una persona peticionaria al ejercer su derecho de acceso a la información pública buscó tener certeza sobre los servicios de salud en la capital del país.



En la solicitud de información se requirieron datos específicos sobre los servicios médicos que se proporcionan con base en este fondo que forma parte del Sistema de Protección Social y Salud el cual tiene suscritos convenios de colaboración con las 32 Entidades Federativas para atender 66 enfermedades.



El Régimen de Protección Social en Salud de la Ciudad de México respondió:



“Dentro del rubro enunciado como Hematopatías Malignas en el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, específicamente para los menores de 18 años, se cubre lo siguiente:



Leucemia Linfoblástica Aguda
Leucemia Mieloblástica aguda (excluye M3)
Leucemia Mieloblástica aguda M3 (promielocítica)
Leucemia Mieloide Crónica
Síndromes Mielodisplásticos” (sic)



La persona peticionaria interpuso un recurso de revisión ante el INFO mediante el cual argumentó de que faltó la información sobre la cobertura para pacientes mayores de 18 años. Con ello, agregó, que el Sujeto Obligado lo dejó en un estado de indefensión para hacer valer el derecho a la salud.



Admitido el recurso de revisión en el órgano garante, fue turnado a la Ponencia del Comisionado Presidente Julio César Bonilla Gutiérrez, la cual consideró que no se generó certeza por parte del Sujeto Obligado, pues se limitó a informar respecto de un grupo de edad en específico, lo que se pudo haber subsanado a través de las aclaraciones correspondientes y con ello evitar la inconformidad del ahora recurrente.



El proyecto de resolución se consideró que se deben cumplir los principios de congruencia y exhaustividad; por lo tanto, el Régimen de Protección Social en Salud de la Ciudad de México debe modificar la respuesta y precisar si la atención para hematopatías malignas por parte de este fondo incluye a personas mayores de 18 años.



Por unanimidad de votos, el Pleno del INFO aprobó el proyecto para que el Sujeto Obligado modifique la respuesta y aclare las dudas del recurrente.



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