Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/055/2020/ Publicado por: Dirección de Comunicación Social / Ciudad de México 11 de marzo 2020    
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  • El Pleno del Instituto de Transparencia aprobó un recurso de revisión a cargo de la Ponencia de la Comisionada Marina San Martín Rebolloso.
  • Los tianguis constituyen el canal de distribución y abasto popular de productos pertenecientes principalmente a la canasta básica, recordó la Comisionada al fundamentar el caso.


La Secretaría de Desarrollo Económico de la CDMX (SEDECO) deberá realizar una búsqueda exhaustiva para localizar y proporcionar a una persona información respecto de los mercados móviles en la modalidad de tianguis, ordenó el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO).



Durante la Novena Sesión Ordinaria, la Comisionada Ciudadana Marina San Martín Rebolloso afirmó que los tianguis son lugares que la mayoría de la población ha visitado. “Es muestra de la utilidad de la información no sólo para los que se establecen en los tianguis, sino para que la población en general conozca cómo están regulados”.



Detalló que una persona solicitó información diversa sobre los puestos fijos y semifijos ubicados en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México, requiriendo tipo de giro comercial, número de empleados y ubicación geo-referenciada, entre otros.



El Sujeto Obligado se declaró incompetente y remitió la solicitud a las 16 Alcaldías, lo que motivó la inconformidad de la persona solicitante, quien interpuso un recurso de revisión ante el INFO por la no entrega de la información.



Durante la tramitación del recurso de revisión, la SEDECO asumió competencia parcial y manifestó tener atribuciones sobre los mercados sobre ruedas (puestos semifijos), por lo que proporcionó: el padrón de oferentes de los mercados sobre ruedas que contiene el número de puestos, giro comercial, medidas y productos autorizados para venta; un cuadro de ubicaciones y días de las rutas.



No obstante, del análisis del caso, la Ponencia de la Comisionada San Martín Rebolloso propuso modificar la respuesta del Sujeto Obligado toda vez que, de la normatividad en la materia, la SEDECO también estaría en posibilidad de proporcionar la información respecto de mercados móviles en la modalidad de tianguis, puesto que periódicamente se actualizan los padrones de oferentes autorizados para comerciar en estos lugares, por ubicación y giro comercial.



San Martín Rebolloso explicó que la regulación de los tianguis es un asunto complejo ya que involucra a tres entidades al mismo tiempo como son las Alcaldías, la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Desarrollo Económico.



En su argumentación, destacó que desde la Constitución Política de la Ciudad de México se establece que el Gobierno de la capital y sus Alcaldías promoverán y fomentarán la economía social y la distribución de alimentos básicos a través de los sistemas de abasto tradicionales como son los mercados públicos, los tianguis, las concentraciones y los pequeños comercios.



Añadió que según la definición prevista en el artículo 2, fracción X, de los Lineamientos de Operación de mercados móviles en la modalidad de tianguis, bazares y complementarios en la Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial de México el 9 de julio de 2019, los tianguis constituyen el canal de distribución y abasto popular de productos pertenecientes principalmente a la canasta básica, el cual se instala un día o más a la semana en la vía pública y está debidamente organizado y permisionado a una Asociación Civil por parte de la Secretaría de Desarrollo Económico y las 16 alcaldías.



La Comisionada Ciudadana agregó que de acuerdo con el Boletín 28-2017, publicado el 23 de febrero de 2017 en el portal electrónico de la Secretaría de Desarrollo Económico, los mercados públicos, mercados sobre ruedas y tianguis abastecen al 40 por ciento de la población de la capital del país.



Mientras que el Anuario estadístico y geográfico de la Ciudad de México, 2017, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), al 31 de diciembre de 2016, en la Ciudad de México existían mil 418 tianguis, de los cuales 441 se ubican en la Alcaldía Iztapalapa.



En la discusión del recurso, la Comisionada Ciudadana Elsa Bibiana Peralta Hernández se sumó al proyecto y resaltó que el tema de la incompetencia por parte de los Sujetos Obligados es un asunto recurrente, por lo que hizo un llamado a las autoridades para evitar evadir su competencia.



“Es importantísimo regular este tema porque no se puede plantar cualquier persona a vender en la vía pública, se deben cubrir ciertas formalidades. No es la primera vez que estos Sujetos Obligados se escudan en ese argumento”.



Por lo anterior, el Pleno del INFO instruyó a la SEDECO a realizar una búsqueda exhaustiva y proporcione al particular la información requerida respecto de los mercados móviles en la modalidad de tianguis.



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