Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/001/2022/ Publicado por: Dirección de Comunicación Social / Ciudad de México 17 de enero de 2022
  • El Pleno del órgano garante capitalino instruyó, además, dar vista por falta de respuesta en tiempo y forma.
  • Contar con información sobre los responsables de obra es un elemento que permite combatir corrupción de origen, y genera confianza en la revisión de las construcciones que se realizan en la capital del país: Comisionada Nava Polina.


El Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX) instruyó a la Secretaría de Obras y Servicios capitalina, entregar copia del Manual de Funcionamiento de la Comisión de Admisión de Directores Responsables de Obra y Corresponsables (CADROC), así como el vínculo a la página web oficial en la cual está publicado.

Asimismo, se ordenó al sujeto obligado que, en caso de no contar con la información solicitada, deberá realizar la declaración formal de inexistencia, previo sometimiento a su Comité de Transparencia; además se dará vista al órgano interno de control por falta de respuesta en tiempo y forma.



Durante la primera sesión ordinaria del 2022, la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina expuso el recurso de revisión INFOCDMX/RR.IP.2168/2021, en el que una persona solicitó copia de dicho Manual e información sobre el vínculo a la página web oficial en la cual el documento está publicado.



Al exponer el recurso —aprobado por unanimidad—, la Comisionada Nava Polina explicó que, al atender la solicitud, el sujeto obligado se declaró incompetente y orientó a la persona a ingresar la solicitud de información al Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México y a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), instancias que fungen como secretarios técnicos de dicha Comisión.



Inconforme con la respuesta, la persona ciudadana interpuso un recurso de revisión en contra de la declaración de incompetencia por parte del sujeto obligado y por la extemporaneidad de la respuesta.



De acuerdo con lo anterior, la Comisionada Nava Polina señaló que, del análisis y estudio realizado, se observó que, normativamente, la Secretaría es responsable y competente para emitir pronunciamiento respecto a la información solicitada y, en su caso, hacer entrega del referido Manual de Funcionamiento de la CADROC, así como de ordenar su publicación en la Gaceta Oficial CDMX.



De igual forma, indicó que la información solicitada por la persona se trata de una obligación común de transparencia, la cual debe ser pública por oficio, ya que así lo establece la fracción I del artículo 121 de la ley local en la materia.



Recordó que la CADROC es un órgano colegiado, que se integra por colegios de personas profesionistas y cámaras de la industria de construcción, así como de las instancias del gobierno ya referidas.



“Su función es muy importante, pues se encarga de verificar los requisitos de admisión a las y los directores de obra, quienes a su vez dirigen, vigilan y aseguran la observancia de la ley, los reglamentos y la normatividad aplicable a las obras y a las construcciones de la CDMX”, añadió.



La Comisionada Ciudadana destacó que en la evaluación 2021 de la información 2020, se advirtió que el sujeto obligado obtuvo 96.42 de 100, donde la deficiencia ocurrió en el cumplimiento de la obligación de transparencia relativa al marco normativo.



Finalmente, comentó que contar con este tipo de información sobre los responsables de obra es un elemento que permite combatir corrupción de origen, genera confianza en las instituciones y, sobre todo, en la calidad y revisión de las construcciones que se realizan en la capital del país.



Chatbot ATIC