Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/207/2022 Publicado por: Dirección de Comunicación Social / Ciudad de México 11 de octubre de 2022
  • La Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua de la capital del país dispone que la instalación de las tomas de agua potable deberá solicitarse ante SACMEX para su autorización.
  • Información del Sistema de Aguas reveló que, en 2020, de los 500 usuarios que más consumieron el vital líquido, 302 fueron empresas con fines de lucro: Comisionada Marina San Martín.


El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX) instruyó al Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX) informe sobre el número de tomas de agua que se instalaron en un centro comercial del norte de la capital.

Durante la trigésima sexta sesión ordinaria del Pleno, la Comisionada Ciudadana Marina San Martín Rebolloso expuso el recurso INFOCDMX/RR.IP.4219/2022, en el que una persona requirió saber el número de tomas de agua instaladas en el centro comercial Plaza Lindavista.

Al exponer el recurso —que se aprobó por unanimidad—, la Comisionada San Martín explicó que, en respuesta, el sujeto obligado manifestó que no existen registros de la información solicitada.

Por lo anterior, se determinó revocar la respuesta de SACMEX, ya que, del análisis realizado, se desprende que el sujeto obligado sí debe contar con la información solicitada, ya que la Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua de la Ciudad de México dispone que la instalación de las tomas de agua potable deberá solicitarse al Sistema de Aguas, por personas propietarias o poseedoras de predios edificados; predios no edificados en los que se realicen actividades culturales, recreativas, comerciales o de cualquier otro tipo.

De este modo, el sujeto obligado debe turnar la solicitud a todas las Unidades Administrativas competentes para que se realice una búsqueda exhaustiva de la información.

En caso de no localizar lo requerido, el sujeto obligado debe declarar formalmente la inexistencia de la información y entregar el acta del Comité de Transparencia.

Una vez expuesto el caso, la Comisionada Ciudadana destacó que, de una solicitud de información ingresada al Sistema de Aguas de la CDMX, en 2020, reveló que de los 500 usuarios que más consumen agua, 302 son empresas con fines de lucro. Lo que significa que el 60.2% de quienes registran el más alto consumo de agua son particulares con una razón social comercial.

Finalmente, indicó que, al 2021, el consumo promedio de agua al día en la Ciudad de México era de 366 litros diarios por persona.

Según datos de ONU Hábitat (2021), el Valle de México en conjunto con Río de Janeiro (Brasil), Buenos Aires (Argentina), Bucarest (Rumania), Sofía (Bulgaria) y Nairobi (Kenya), dejan de facturar alrededor de 30 millones de metros cúbicos de consumo de agua como consecuencia de robo, medición inadecuada y corrupción.



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