Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Una vez presentado el recurso, el INFODF tiene hasta 40 días para emitir una resolución a través del siguiente procedimiento:


  • El INFODF revisa y emite el acuerdo de correspondiente (puede ser de admisión, prevención o desechamiento) dentro de los 3 días hábiles siguientes. En caso de no cumplir con alguno de los requisitos establecidos, el INFODF puede solicitarte que corrijas las deficiencias en un lapso máximo de 5 días hábiles (prevención). En este caso tienes 5 días hábiles para hacerlo. Si no lo haces, se tendrá por no presentado tu recurso.
  • Admitido el recurso, el INFODF solicita al Sujeto Obligado que rinda un informe sobre la situación, dentro de los 5 días hábiles siguientes.
  • En caso de existir tercero interesado, se le dará vista para que en el mismo plazo acredite su carácter y manifieste lo que a su derecho convenga.
  • El informe del Sujeto Obligado se hará de tu conocimiento para que presentes pruebas y manifiestes lo que consideres conveniente, en un plazo de 5 días hábiles.
  • Las partes tienen 3 días hábiles para presentar sus alegatos.
  • Finalmente en una sesión pública, el Pleno del INFODF emite la resolución respectiva y ordena se les notifique a ti, al Sujeto Público correspondiente, y en su caso al tercero interesado. La resolución deberá ser por escrito y contener el plazo y los procedimientos para su cumplimiento.


En algunos casos, el INFODF podrá convocar, con 3 días hábiles de anticipación, tanto a ti como al Sujeto Obligado a efecto de reunirse y evitar pasos dilatorios en la entrega de la información.



Tipos de resolución:

El Instituto puede resolver los recursos en estos sentidos:


  • Desechar el recurso.
  • Sobreseerlo, es decir, dar por terminado su trámite.
  • Confirmar la respuesta que haya emitido el Sujeto Obligado.
  • Revocar o modificar la respuesta del Sujeto Obligado y ordenarle que permita el acceso a los datos solicitados / rectifique los datos / cancele los datos.


Las resoluciones del INFODF son definitivas, inatacables —es decir, no se pueden impugnar, salvo a través del juicio de amparo— y obligatorias para los interesados y los Sujetos Obligados.


En el texto de las resoluciones se debe hacer mención a qué instancia puedes acudir en caso de inconformidad en defensa de tus derechos constitucionales (en este caso ante un juez de distrito, en demanda de amparo indirecto).

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